Como parte de nuestra campañas de educación al consumidor, es esencial el conocimiento sobre materias impositivas, a los efectos de lograr concientizar sobre su pago, pero sabiendo perfectamente como tributar, damos una guía sencilla para el próximo pago del mes de Abril.
Este material es de lectura para toda persona física por los bienes que posean en la fecha de finalización de cada año calendario, incluyendo aquellos afectados a procesos económicos.
Planificación: previo al 31 de diciembre todos los años, deberá considerar el impacto que las inversiones puedan tener sobre su patrimonio, así como recomendación para el cálculo de Bienes Personales quedan exentos los depósitos de plazo fijo o cajas de ahorro en entidades financieras del país, los títulos emitidos por la Nación, las provincias y los municipios, las cuotas de cooperativas y las acciones de empresas argentinas (en estos casos, paga la sociedad emisora de las acciones, aplicando una alícuota de 0,5%), y algunos títulos extranjeros con convenios de reciprocidad con nuestro país.
Por Mario N. Vadillo Fuente AFIP
Alcance del Impuesto:
Los bienes en Argentina: dinero en efectivo o depósitos en efectivo, automóviles, inmuebles, hipotecas sobre inmuebles en Argentina, bonos, acciones y cualquier otro título valor emitido por instituciones públicas o privadas, préstamos, derechos de goce sobre patentes, marcas, propiedad intelectual, derechos de autor de obras literarias, científicas o cualquier otra trabajo artístico,bienes muebles inscriptos barcos, aviones y otros.
Los bienes en el Extranjero: acciones y títulos valores emitidos por instituciones extranjeras, depósitos en efectivo en instituciones bancarias extranjeras, inmuebles, hipotecas sobre inmuebles situados en el extranjero, barcos, o aviones y automóviles registrados en el extranjero, y otros.
Detalle caso por caso:
Inmuebles:
Los inmuebles se computan siguiendo estos pasos: Se toma el valor que figura en la escritura, convertido a pesos de hoy, luego la parte de edificación se amortiza un 2% por año. Si se compró antes de marzo de 1992, ese valor tiene que actualizarse hasta esa fecha usando los coeficientes de actualización que elaboró la DGI. Obtenido el resultado, se compara con la valuación fiscal que surge del impuesto inmobiliario al 31 de diciembre, y se toma el mayor. Si el inmueble está en el exterior, se toma el valor de plaza que tenía a fin de año.
Si se destina a casa-habitación y se compró mediante un crédito hipotecario, se puede descontar el capital adeudado al cierre del año.
Autos:
Los automóviles se consideran al valor de la tabla que publicó la AFIP. Para determinar el valor de los autos la AFIP toma en cuenta lo establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. De allí que, por ejemplo, en ese nomenclador una Ferrari cupé 2009 se aprecia en $1.957.000 y un Fiat Palio -tres puertas- 2008 45.000 pesos.Transcurridos cinco años en el patrimonio ya no se computan porque están amortizados. A pesar de que el rodado se haya comprado con una prenda, el importe adeudado no se puede descontar del valor que se declara.
Bancos: Los depósitos en cuenta corriente están alcanzados; en cambio, los de caja de ahorro y los plazos fijos están exentos.
Efectivo: La tenencia de dinero en efectivo -en pesos o en otra moneda- en el bolsillo, colchón o en cajas de seguridad se computa para liquidar el impuesto.
Acciones: Las participaciones societarias y los aportes en fideicomisos no financieros únicamente se informan en el aplicativo, pero por ellos no abona el titular sino que lo hace la sociedad.
Para considerar la cotización de las acciones, esos papeles varían de acuerdo a la empresa y al tipo de acción. Celulosa Argentina posee un precio de $1,033 y hasta 2,900, o Repsol Argentina con $15,50 hasta 21,30 y sobre los valores de cotización, pero referidos a las monedas extranjeras, la AFIP definió utilizar el tipo comprador y el tipo vendedor de esas divisas (dólares, euros, libras esterlinas, francos suizos y yenes, entre otros) con respecto al cambio operado el 31 de diciembre del año pasado.
Créditos:
Los créditos se consideran al valor que se tiene por cobrar al 31 de diciembre.
Bonos del Estado Nacional:
Todos los títulos y bonos emitidos por el Estado nacional y provincial están exentos.
Mobiliario:
Por los bienes del hogar el sistema suma automáticamente un 5% calculado sobre el total de los bienes gravados.
En el País:
Si el total de los bienes del país y del exterior gravados supera el mínimo exento de $ 305.000, hay que presentar la declaración jurada y pagar en el mes de abril el impuesto sobre el total de los mismos.
En el Exterior:
En cuanto a los bienes del exterior, hay que ver si existen convenios vigentes para evitar la doble imposición; si no hay, el importe abonado como impuesto análogo en otro país se puede descontar aquí.
Los empleados que no tienen que pagar, por no superar el mínimo, igualmente deben presentar la declaración jurada de Bienes Personales sólo si percibieron ingresos brutos anuales iguales o mayores a $ 96.000. Esta obligación vence el 30 de junio.
Quién de los dos paga
La ley establece que en el matrimonio cada cónyuge paga por sus bienes propios y el marido por los gananciales. En este último caso podrá declararlos la mujer, a pesar de ser gananciales, si los adquirió con el ejercicio de su oficio o profesión. Los bienes entregados en usufructo gratuito tienen que incorporarse en la declaración jurada del usufructuario (cedente).
Cuanto hay que pagar:
Para efectuar la liquidación que corresponde a 2009 la AFIP estableció que el esquema legal vigente determina la aplicación de una alícuota de 0% en cuanto a que un total de bienes no superen los 305.000 pesos.
También rige un sistema de tributo progresivo en cuanto a las tasas: 0,5% para las personas con patrimonios mayores a $305.000 hasta 750.000.
Desde ese importe hasta los 2.000.000 se aplicará el 0,75 por ciento.
La tasa de 1% corresponderá cuando los patrimonios lleguen a la cifra de 2 millones y hasta 5. Cuando superen ese monto tributarán 1,25 por ciento.
Resolución 2.775:
La AFIP publicó en el Boletín Oficial la resolución 2.775, la cual establece los montos a computar sobre vehículos (autos, pickups y motos), los cuales tienen variaciones de acuerdo a la marca, modelo y el año de fabricación. Con esta medida, Impositiva estableció pautas para determinar la base del impuesto a ingresar conforme el ejercicio 2009.
Este material es de lectura para toda persona física por los bienes que posean en la fecha de finalización de cada año calendario, incluyendo aquellos afectados a procesos económicos.
Planificación: previo al 31 de diciembre todos los años, deberá considerar el impacto que las inversiones puedan tener sobre su patrimonio, así como recomendación para el cálculo de Bienes Personales quedan exentos los depósitos de plazo fijo o cajas de ahorro en entidades financieras del país, los títulos emitidos por la Nación, las provincias y los municipios, las cuotas de cooperativas y las acciones de empresas argentinas (en estos casos, paga la sociedad emisora de las acciones, aplicando una alícuota de 0,5%), y algunos títulos extranjeros con convenios de reciprocidad con nuestro país.
Por Mario N. Vadillo Fuente AFIP
Alcance del Impuesto:
Los bienes en Argentina: dinero en efectivo o depósitos en efectivo, automóviles, inmuebles, hipotecas sobre inmuebles en Argentina, bonos, acciones y cualquier otro título valor emitido por instituciones públicas o privadas, préstamos, derechos de goce sobre patentes, marcas, propiedad intelectual, derechos de autor de obras literarias, científicas o cualquier otra trabajo artístico,bienes muebles inscriptos barcos, aviones y otros.
Los bienes en el Extranjero: acciones y títulos valores emitidos por instituciones extranjeras, depósitos en efectivo en instituciones bancarias extranjeras, inmuebles, hipotecas sobre inmuebles situados en el extranjero, barcos, o aviones y automóviles registrados en el extranjero, y otros.
Detalle caso por caso:
Inmuebles:
Los inmuebles se computan siguiendo estos pasos: Se toma el valor que figura en la escritura, convertido a pesos de hoy, luego la parte de edificación se amortiza un 2% por año. Si se compró antes de marzo de 1992, ese valor tiene que actualizarse hasta esa fecha usando los coeficientes de actualización que elaboró la DGI. Obtenido el resultado, se compara con la valuación fiscal que surge del impuesto inmobiliario al 31 de diciembre, y se toma el mayor. Si el inmueble está en el exterior, se toma el valor de plaza que tenía a fin de año.
Si se destina a casa-habitación y se compró mediante un crédito hipotecario, se puede descontar el capital adeudado al cierre del año.
Autos:
Los automóviles se consideran al valor de la tabla que publicó la AFIP. Para determinar el valor de los autos la AFIP toma en cuenta lo establecido por la Superintendencia de Seguros de la Nación. De allí que, por ejemplo, en ese nomenclador una Ferrari cupé 2009 se aprecia en $1.957.000 y un Fiat Palio -tres puertas- 2008 45.000 pesos.Transcurridos cinco años en el patrimonio ya no se computan porque están amortizados. A pesar de que el rodado se haya comprado con una prenda, el importe adeudado no se puede descontar del valor que se declara.
Bancos: Los depósitos en cuenta corriente están alcanzados; en cambio, los de caja de ahorro y los plazos fijos están exentos.
Efectivo: La tenencia de dinero en efectivo -en pesos o en otra moneda- en el bolsillo, colchón o en cajas de seguridad se computa para liquidar el impuesto.
Acciones: Las participaciones societarias y los aportes en fideicomisos no financieros únicamente se informan en el aplicativo, pero por ellos no abona el titular sino que lo hace la sociedad.
Para considerar la cotización de las acciones, esos papeles varían de acuerdo a la empresa y al tipo de acción. Celulosa Argentina posee un precio de $1,033 y hasta 2,900, o Repsol Argentina con $15,50 hasta 21,30 y sobre los valores de cotización, pero referidos a las monedas extranjeras, la AFIP definió utilizar el tipo comprador y el tipo vendedor de esas divisas (dólares, euros, libras esterlinas, francos suizos y yenes, entre otros) con respecto al cambio operado el 31 de diciembre del año pasado.
Créditos:
Los créditos se consideran al valor que se tiene por cobrar al 31 de diciembre.
Bonos del Estado Nacional:
Todos los títulos y bonos emitidos por el Estado nacional y provincial están exentos.
Mobiliario:
Por los bienes del hogar el sistema suma automáticamente un 5% calculado sobre el total de los bienes gravados.
En el País:
Si el total de los bienes del país y del exterior gravados supera el mínimo exento de $ 305.000, hay que presentar la declaración jurada y pagar en el mes de abril el impuesto sobre el total de los mismos.
En el Exterior:
En cuanto a los bienes del exterior, hay que ver si existen convenios vigentes para evitar la doble imposición; si no hay, el importe abonado como impuesto análogo en otro país se puede descontar aquí.
Los empleados que no tienen que pagar, por no superar el mínimo, igualmente deben presentar la declaración jurada de Bienes Personales sólo si percibieron ingresos brutos anuales iguales o mayores a $ 96.000. Esta obligación vence el 30 de junio.
Quién de los dos paga
La ley establece que en el matrimonio cada cónyuge paga por sus bienes propios y el marido por los gananciales. En este último caso podrá declararlos la mujer, a pesar de ser gananciales, si los adquirió con el ejercicio de su oficio o profesión. Los bienes entregados en usufructo gratuito tienen que incorporarse en la declaración jurada del usufructuario (cedente).
Cuanto hay que pagar:
Para efectuar la liquidación que corresponde a 2009 la AFIP estableció que el esquema legal vigente determina la aplicación de una alícuota de 0% en cuanto a que un total de bienes no superen los 305.000 pesos.
También rige un sistema de tributo progresivo en cuanto a las tasas: 0,5% para las personas con patrimonios mayores a $305.000 hasta 750.000.
Desde ese importe hasta los 2.000.000 se aplicará el 0,75 por ciento.
La tasa de 1% corresponderá cuando los patrimonios lleguen a la cifra de 2 millones y hasta 5. Cuando superen ese monto tributarán 1,25 por ciento.
Resolución 2.775:
La AFIP publicó en el Boletín Oficial la resolución 2.775, la cual establece los montos a computar sobre vehículos (autos, pickups y motos), los cuales tienen variaciones de acuerdo a la marca, modelo y el año de fabricación. Con esta medida, Impositiva estableció pautas para determinar la base del impuesto a ingresar conforme el ejercicio 2009.
Fuente: Portal del Consumidor Protectora
Buenos Dias! Te agradecería la siguiente información: Un inmueble que tiene propietario y copropietario, y a su vez se encuentra registrado como "Bien de Familia" , paga impuesto a los bienes personales?. Y en caso que sí..Solo lo paga por su porcentaje como propietario del inmueble, o por el valor del total?.
Y en el caso de lo inmuebles heredados.. misma pregunta, pagan impuesto a los bienes personales?.
Muchisimas Gracias! Quedo a la espera de tu respuesta.